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Clases de Permisos y Licencias

​

Con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos con el menor riesgo    posible, la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, exigirá haber obtenido previamente la correspondiente autorización administrativa. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válido y vigente, y deberá exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que lo soliciten. Los permisos y licencias de conducción son de otorgamiento y contenido reglados y su concesión quedará condicionada a la verificación de que los conductores reúnen los requisitos de aptitud psicofísica y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos exigidos para cada uno de ellos. Son expedidos por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, y serán de las siguientes clases:

     

Licencia LCM

 

  • Autoriza a conducir vehículos para personas de movilidad reducida.

  • Hasta los 16 años de edad cumplidos no autoriza a llevar pasajeros.

  • Edad mínima: 14 años.

 

Licencia LVA

​

  • ​Autoriza a conducir Vehículos especiales agricolas autopropulsados y sus conjuntos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no exceda de los límites establecidos para los vehículos ordinarios o cuya velocidad por construcción no exceda de 45 Km/h.

  • Edad mínima: 16 años.

 

Permiso AM

 

  • Autoriza a conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

  • Podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros únicamente.

  • Edad mínima: 15 años.

 

Permiso A1

 

  • Ciclomotores de dos y tres ruedas.

  • Cuadriciclos ligeros y vehículos para personas de movilidad reducida.

  • Motocicletas con o sin sidecar con una cilindrada máxima de 125 cm. cúbicos, una potencia máxima de 11kW y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg.

  • Triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW.

  • Edad mínima: 16 años.

 

Permiso A2

 

  • Todos los vehículos que autorizan a conducir los permisos AM y A1.

  • Vehículos para personas de movilidad reducida.

  • Motocicletas con o sin sidecar, una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg. no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.

  • Edad mínima: 18 años.

 

Permiso A

 

  • Todos los vehículos que autorizan a conducir los permisos AM y A1.

  • Motocicletas con o sin sidecar de más de 35kW y una relación potencia/peso superior a 0,2 kW/kg.

  • Triciclos de motor (hasta los 21 años cumplidos no autoriza a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW).

  • Para obtener el permiso de la clase A, es necesario ser titular del permiso de la clase A2 con una experiencia mínima de dos años en la conducción de las motocicletas que autoriza a conducir dicho permiso.

  • Edad mínima: 20 años.

 

Permiso B

 

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg y hasta 9 asientos, incluido el conductor. Pueden llevar enganchado un remolque de masa máxima autorizada hasta 750 kg.

  • Conjuntos de vehículos formados por un automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg y la masa máxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.

  • Vehículos triciclos y cuadriciclos de motor cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg. Hasta los 21 años no autoriza a conducir triciclos cuya potencia máxima exceda de 15 kW.

  • Vehículos para personas de movilidad reducida.

  • Vehículos especiales no agrícolas o conjunto de los mismos, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40 km/h., y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg si excede cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de la clase que corresponda a su masa máxima autorizada).

  • Vehículos especiales agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya masa o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites establecidos.

  • No implica la concesión del A1 y A (las personas con una antigüedad superior a tres años del permiso de  la clase B en vigor, podrán conducir dentro del territorio nacional una motocicleta de las que autoriza el permiso de la clase A1).

  • Dentro del territorio nacional, con el permiso de la clase B, con una antigüedad superior a dos años, también se podrán conducir automóviles impulsados por combustibles alternativos y destinados al transporte de mercancías, sin remolque, con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg pero que no exceda los 4.250 kg

  • Edad mínima: 18 años.

 

 

Permiso C1

 

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg y no sobrepase los 7.500 kg :

  • Hasta 9 asientos incluido el conductor.

  • Pueden llevar enganchado un remolque de masa máxima autorizada hasta 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor.

  • No implica la concesión del A1 y A.

  • Edad mínima: 18 años.

 

Permiso C

 

  • Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500kg:

  • Hasta 9 asientos incluido el conductor.

  • Pueden llevar enganchado un remolque de masa máxima autorizada hasta 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor.

  • No implica la concesión del A1 y A.

  • Implica la concesión del C1.

  • Edad mínima: 18 años con certificado de aptitud profesional. 21 años sin certificado.

 

Permiso D1

 

  • Automóviles destinados al transporte de personas:

  • Con más de 9 asientos y que no exceda de 17, incluido el del conductor.

  • Pueden llevar enganchado un remolque con masa máxima autorizada hasta 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor. Para largo recorrido experiencia de 1 año en transporte de mercancías de más de 3.500 kg. De masa máxima autorizada o de autobuses en corto recorrido o certificado de aptitud profesional.

  • No implica la concesión del A1, A, C1 y C.

  • Edad mínima: 21 años.

 

Permiso D

 

  • Automóviles destinados al transporte de personas:

  • Con número de asientos, incluido el del conductor, superior a 9.

  • Pueden llevar enganchado un remolque con masa máxima autorizada hasta 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor. Para largo recorrido experiencia de 1 año en transporte de mercancías de más de 3.500 kg. De masa máxima autorizada o de autobuses en corto recorrido o certificado de aptitud profesional.

  • No implica la concesión del A1, A, C1 y C.

  • Implica la concesión del D1.

  • Edad mínima: 21 años.

 

Permiso B+E

 

  • Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:

  • Un vehículo automóvil autorizado a conducir con el permiso de la clase B.

  • Un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg., siempre que el conjunto no pueda ser conducido con el permiso de la clase B.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase B en vigor.

  • No implica la concesión del A1 y A.

  • Edad mínima: 18 años.

 

Permiso C1+E

 

  • Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:

  • Un vehículo automóvil autorizado a conducir con el permiso de la clase C1.

  • Un Remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg., siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto no exceda de 12.000 kg., y que la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo motor.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase C1 en vigor.

  • No implica la concesión del A1 y A.

  • Su obtención implica la concesión del B+E y D1+E, sólo cuando el titular esté en posesión del permiso de la clase D1 (para la concesión del D1+E).

  • Edad mínima: 18 años.

 

Permiso C+E

 

  • Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:

  • Un vehículo automóvil autorizado a conducir con el permiso de la clase C.

  • Un Remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase C en vigor.

  • No implica la concesión del A1 y A.

  • Su obtención implica la concesión del D1+E, D+E, B+E y C1+E, sólo cuando el titular esté en posesión de los permisos de la clase D1 o D (para la concesión del D1+E o D+E).

  • Edad mínima: 18 años con certificado de aptitud profesional. 21 años sin certificado.

  • ​

Permiso D1+E

 

  • Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:

  • Un vehículo automóvil autorizado a conducir con el permiso de la clase D1.

  • Un Remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg., siempre que, por una parte, la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg. y la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor, y por otra, que el remolque no se utilice para el transporte de personas.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase D1 en vigor.

  • No implica la concesión del A1, A y C+E.

  • Su obtención implica la concesión del B+E y C1+E, sólo cuando el titular esté en posesión del permiso de la clase C1 (para la concesión del C1+E).

  • Edad mínima: 21 años.

 

Permiso D+E

 

  • Conjunto de vehículos acoplados compuestos por:

  • Un vehículo automóvil autorizado a conducir con el permiso de la clase D.

  • Un Remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.

  • Requisitos: ser titular del permiso de la clase D en vigor.

  • No implica la concesión del A1, A y C+E.

  • Su obtención implica la concesión del B+E y C1+E, sólo cuando el titular esté en posesión del permiso de la clase C1 (para la concesión del C1+E).

  • Edad mínima: 21 años.

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